Si te estás planteando darte un tiempo con tu pareja o incluso recurrir al divorcio, lo lamentamos o al menos esperamos que sea para bien. Pero, si tu duda es sobre la gestión de vuestra vivienda, ahí podemos ayudarte. Y nos referimos a ese hogar que hasta el momento habéis estado compartiendo.
Ahora bien, si llega el momento de disolver un matrimonio, también habría que saber si el régimen de dicha unión fue en gananciales o en separación de bienes. De esta forma, sabríamos cómo proceder si se llega a la decisión de vender la vivienda mutua. Porque dicha vivienda ¿se compró antes o después de formalizar el matrimonio?
Cómo se resuelven los bienes gananciales de un matrimonio
Cuando un matrimonio se une en bienes gananciales esto implica que todo lo que ambos cónyuges de forma independiente poseen y aportan pasa a ser de los a partes iguales. Es decir, que si uno de los dos contrayentes fuera dueño de una vivienda antes de casarse, dicha propiedad pasaría a ser también del otro en un 50 %.
El régimen alternativo a esta opción de gananciales sería el de separación de bienes. Y, en este caso, cada individuo sería propietario único y gestor de su propio patrimonio. Con lo que, siguiendo con el ejemplo anterior, si uno de los poseía una vivienda antes de casarse, seguiría siendo suya al 100 % durante el matrimonio y tras un posible divorcio.
Y existe una tercera opción o tipo de régimen matrimonial que se conoce como régimen de participación. Pero, en este caso, hablaríamos del derecho de uno de los cónyuges a participar en los bienes adquiridos por el otro y viceversa. Aunque deberíamos estipular el alcance de esa participación y que, de otro modo, podría producirse solo mientras el matrimonio esté en vigor.
Dicho esto, los bienes gananciales deberían resolverse otorgando a cada una de las partes el 50 % de los bienes totales que suman entre ambos. Con independencia de si esos bienes se adquirieron antes o durante el matrimonio.
Esto implicaría que los pagos o costes de la disolución también se repartirían de manera igualitaria, siempre que no haya hijos u otras consideraciones a valorar.
¿Qué pasa si hay una vivienda a medias y una de las partes no quiere vender?
En una primera instancia, si el matrimonio dispone de una vivienda en propiedad, esta podría venderse para poder disolver la sociedad y repartir el capital entre ambos cónyuges. Aunque, también sería posible que uno de los dos comprase al otro su parte para pasar a ser propietario único del inmueble.
En el caso de que uno de los dos se quedase la vivienda, los gastos de venta correrían a cargo de los dos, pero los gastos generados por la compra se abonaría únicamente por el comprador (plusvalía, ITP, etc).
No obstante, si ninguno de los cónyuges quiere comprarle al otro su parte pero además, alguno de los dos se niega a vender la propiedad a terceros, habría que solicitar una disolución. Esto requiere la intervención de un juez que, tal y como se separan las dos personas, también establecerá una forma de separar dicha vivienda.
Así, en teoría, la persona que quiere vender podría hacerlo con su parte y la que no quiere afrontaría la propiedad de la suya. Y decimos en teoría porque dividir una vivienda por la mitad suele hacerse de forma figurada, a no ser que su tamaño y otros factores permitan dividirla en partes iguales y funcionales.
Lo que implica este caso es que el litigio por la propiedad y la venta de la vivienda se prolongará en el tiempo y, muy posiblemente, terminará en subasta pública, con el consecuente perjuicio para la parte que se niega a vender. Incluso este mismo desenlace podría llevar a otro tipo de soluciones, pero para eso habría que conocer con detalle cada caso.
Consejos a la hora de gestionar una vivienda tras un divorcio
Si hablamos de forma general, sin entrar en casos concretos, debemos aconsejarte que no acudas a ningún proceso de disolución de gananciales porque así evitarías costes excesivos.
Lo cierto es que siempre es mejor hacer las cosas de común acuerdo y de forma amistosa. Pero una inmobiliaria, como alternativa y de forma extrajudicial, podría ayudar en la disolución, venta y reparto de la vivienda sin necesidad de recurrir al juzgado. Y, tras alcanzar el común acuerdo, trasladar todo ante notario para formalizarlo.
En INMOSLM Pamplona tenemos una amplia experiencia en estos y otros casos de compraventa de inmuebles, con lo que estaremos encantados de ayudarte. Si tienes cualquier duda ven a vernos.