¿Quieres prorrogar tu contrato de alquiler en Pamplona? Es fácil que te encuentres en esta situación. Y es que, cuando conseguimos una vivienda interesante y en la que nos sentimos como en casa, es normal que queramos prolongar nuestra estancia.
Ahora bien ¿cómo podemos hacerlo? Pues lo cierto es que depende de varios detalles, así que vamos a ayudarte a hacerlo
¿Hasta cuándo se puede permanecer en un piso alquilado?
Hoy en día, el alquiler es la opción más viable cuando no disponemos de ahorros o liquidez suficiente como para acceder a una hipoteca. Y quizás el problema principal sea el tiempo, porque no todo el mundo está dispuesto a cambiar de vivienda cada poco tiempo.
No obstante, en la actualidad podemos prorrogar un contrato de alquiler hasta un máximo de 7 años cuando el arrendador es una persona jurídica. Y hasta 5 si es una persona física.
Esto significa que la decisión puede tomarla el inquilino de forma unilateral hasta ese periodo máximo. Sin embargo, una vez cumplido el plazo es el arrendador el que puede decidir finalizar el contrato en curso o firmar uno nuevo.
Aunque hay que tener presente que, si se cumple el plazo y ninguna de las partes se manifiesta respecto al cese o el arrendador no pide la revocación, habría una prórroga automática del contrato por 3 años más.
Así, las comunicaciones entre las partes serán preferiblemente por escrito y con al menos un mes de antelación.
¿Cuándo podría el propietario disponer del piso antes de cumplir el plazo mínimo?
Podría darse el caso de que el propietario del inmueble lo necesitara antes de que terminase ese plazo de entre 5 a 7 años inicial. Por ejemplo, para vivir personalmente en dicho inmueble, como primera vivienda o para que lo hagan sus hijos o cónyuge (si hay sentencia de separación que lo indique).
En estos casos, el arrendador debería avisar con dos meses de antelación al arrendatario. Y solo después de haberse cumplido el primer año de alquiler. Además, el mismo propietario o el familiar de primer grado que vaya a ocupar la vivienda, tienen un máximo de tres meses para hacerlo.
Estos supuestos están regulados por ley y si no se cumple alguno de los parámetros mencionados, el inquilino podría reclamar e incluso recuperar la vivienda.
¿Cuándo podría el inquilino dejar la vivienda sin penalizaciones?
En estos casos hay más flexibilidad. Y es que, el inquilino podría dejar la vivienda casi en cualquier momento. Por ejemplo, tras el primer año de alquiler o en los años sucesivos, avisando con un mes de antelación. Pero ni si quiera ese primer año es infalible.
Lo cierto es que, si por el motivo que sea, debe marcharse antes de que se cumplan los primeros doce meses, puede hacerlo. Aunque deberían pasar al menos 6 meses desde la firma del contrato para que estuviera exento de pagar penalizaciones. Todos estos detalles están recogidos en la Ley de Arrendamiento Urbano, el artículo 11.
El resumen de este punto sería que los 6 primeros meses son de permanencia obligatoria. Pero una vez transcurridos todo se puede hablar.
Si nos ponemos en lo peor, es decir, si resulta que al iniciar un contrato de alquiler en un piso surge cualquier contratiempo y nos vemos forzados a dejar la vivienda antes ¿qué pasaría? Que tendríamos que abonar el equivalente a 6 meses de alquiler para poder irnos sin cumplir con el contrato.
¿Hay opciones para prorrogar un contrato más allá de lo normal?
Repasando lo comentado, hemos dicho que un contrato podría alargarse hasta los 5 o 7 años, según el tipo de propietario de la vivienda. Y después podría haber una prórroga de hasta tres años más, con lo que nos pondríamos en 8 o 10 respectivamente.
¿Cómo podemos prorrogar nuestra estancia más allá de ese tiempo? Si la relación con el propietario es correcta y ambas partes quieren mantener el alquiler, lo más recomendable es hacer un nuevo contrato de alquiler. Y así tendríamos de nuevo esos 8 o 10 años por delante, en el mejor de los casos.
Lo cierto es que todos los propietarios con vivienda en alquiler esperan encontrar inquilinos respetuosos y que cumplan con sus obligaciones. De hecho, las viviendas se mantienen en mejores condiciones estando habitadas que cuando están vacías. Por eso, no suelen poner impedimentos en las prórrogas.
No obstante, si estás buscando una vivienda en alquiler o tienes un piso vacío que quieras ofrecer, en INMOSLM Pamplona podemos ayudarte. Ven a vernos y encontraremos lo que necesitas.