Sean cuales sean los motivos que te lleven alquilar una propiedad, es muy importante que desde el principio gestiones en alquiler de cualquier inmueble a través de un contrato de alquiler o un contrato de arrendamiento.
La firma de este contrato supone la seguridad y la garantía tanto para el arrendador como para el inquilino, de que se van a establecer por escrito los derechos y las obligaciones para ambas partes.
Es decir, que en caso de incumplimiento bien sea el arrendador o bien sea el arrendatario, la otra parte podrá reclamar en base a lo que se ha firmado y se ha pactado mediante este contrato de alquiler.
El contrato de alquiler está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y en él se establece todo lo que se puede y lo que no se puede incluir y cuál es la manera de proceder en el caso de que se quiera rescindir el contrato. Estos son los apartados fundamentales que tienen que aparecer:
- La duración del contrato y la prórroga tácita: la duración se pacta entre las partes pero en inquilino tiene derecho a prórroga hasta 5 años, si es persona física y hasta 7, si es persona jurídica, asimismo se puede establecer la prórroga tácita hasta en 3 años más.
- Determinar la mensualidad de la renta, así como la fecha y forma de pago, también hay que incluir la fianza y si se van a establecer actualizaciones del precio según el IPC.
- Establecer quién se hará cargo de los gastos.
- Incluir un inventario en el caso de que se alquile la vivienda con muebles.
En definitiva, firmar un contrato de alquiler supone garantías para el arrendador y para el arrendatario, por eso es importante acudir a una persona cualificada y especializada para que lo redacte y sea lo más preciso y entendible posible para evitar confusiones en el futuro.
En Inmobiliaria SLM somos expertos en el alquiler de propiedades, y te asesoraremos desde el primer momento para que puedas, alquilar tu inmueble con todas las garantías.